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Precisiones de la SuperSociedades sobre la obligación de consolidar estados financieros

Escrito por  Jun 09, 2023

La Entidad indicó que de conformidad con el artículo 35 de la Ley 222 de 1995, es deber de la entidad empresarial controlante, además de preparar y presentar estados financieros de propósito general individuales, consolidarlos junto con los de sus filiales y subsidiarias, como si

fueran los de un solo ente. En las Entidades Empresariales que se constituyan como controlantes finales recae Ia obligación de enviar los Consolidados a esta Superintendencia. Por su parte, las Entidades Empresariales que tengan una posición intermedia en Ia relación de subordinación no tienen esta obligación.

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