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Consejo de Estado ordenó a la CRC que incorpore la metodología de costos eficientes para el análisis de las tarifas mayoristas de Internet fijo, provistas en la Isla de San Andrés ofrecidas desde la vigencia 2015 hasta la actualidad

Escrito por  Jun 05, 2023

La Sala analizó la prestación del servicio de telecomunicaciones en San Andrés y providencia y la actividad regulatoria de la CRC por cuenta del cable submarino de fibra óptica. Con fundamento en los resultados de dicho estudio y, teniendo en consideración los términos

legales establecidos para el correspondiente procedimiento regulatorio, la Comisión de Regulación de Comunicaciones deberá impartir las medidas regulatorias que estime necesarias en lo relacionado con la ejecución del Contrato de Fomento 331 de 2009, en aras de garantizar la libre competencia y los derechos de los consumidores y usuarios. La Alta Corte ordenó al Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones y a la CRC que, en el término de (3) tres meses contados a partir de la ejecutoria de esta sentencia, acuerden cuáles son los lineamientos financieros y de gestión documental que el supervisor del contrato de fomento 331 de 2009 deberá exigir a la Sociedad Energía Integral Andina S.A, con miras a garantizar que en el futuro no se presenten los problemas de acceso a la información advertidos en el documento de «análisis del servicio de acceso a internet en la isla de San Andrés» de marzo de 2021.

A su vez, ordenó a la Sociedad Energía Integral Andina S.A. que, de forma inmediata, cumpla los lineamientos que imparta la supervisión del contrato de fomento suscrito en el año 2009 en cuanto al manejo de la información contable y financiera, y que entregue oportunamente la información y documentos que le solicite la Comisión de Regulación de Comunicaciones en el ejercicio de sus funciones.

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