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Sala de Consulta del Consejo de Estado reiteró que los procesos judiciales y demás reclamaciones en las cuales Cajanal haya sido parte y que estén en trámite al cierre de su liquidación, los asumiría la UGPP

Escrito por  May 31, 2023

 En cuanto al sucesor misional y procesal de Cajanal refirió que la UGPP asumió de manera íntegra las competencias misionales que antes eran de Cajanal y, por lo tanto, la reemplazó procesalmente con el fin de garantizar la defensa técnica de los procesos y reclamaciones que

estaban en trámite al momento de la liquidación de Cajanal. Lo anterior, fue sustentado por medio del artículo 22 del Decreto 2196 de 2009, modificado por el artículo 2 del Decreto 2040 de 2011, que dispuso que la función de defensa de Cajanal sería transferida a la UGPP.

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Modificado por última vez en Martes, 06 Junio 2023 21:41