contrato, el Consorcio Cigucón pretende que se le conceda el pago de aquellas sumas que fueron reconocidas por el juez de primera instancia y que correspondían al pago de unas mayores cantidades de obra.
Para la Sala, la discusión planteada carece de relevancia constitucional porque lo perseguido por el actor es una cuestión de connotación económica que se circunscribe a reabrir un debate zanjado en un proceso ordinario, pues en últimas, más allá de procurar la liquidación del
contrato, el Consorcio Cigucón pretende que se le conceda el pago de aquellas sumas que fueron reconocidas por el juez de primera instancia y que correspondían al pago de unas mayores cantidades de obra.