con el desarrollo normativo indicado por la Entidad, la competencia de la Contraloría General de la República, está referida al incumplimiento al límite de gastos, caso en el cual, tiene las mismas facultades para ejercer el control fiscal como si se tratara de los recursos del orden nacional y no se extiende a otros asuntos, salvo disposición expresa en contrario por parte del Contralor General de la República.