fundamento en el artículo 43 de la Ley 962 de 2005, toda vez que tal solicitud de corrección de errores en la imputación de saldos a favor de un período de declaración al siguiente no está sometida al límite del término de firmeza de las declaraciones tributarias ni a los términos de oportunidad para las correcciones de los artículos 588 y 589 del ET. Prospera el cargo de apelación.