emergencia económica, social y ecológica en el territorio nacional, declarado por el Decreto Legislativo 417 del mismo año.
La Sala explica que para generar nuevas fuentes de recursos, apoyar a la clase media vulnerable y a los trabajadores independientes, y apaciguar los efectos humanitarios y económicos de la pandemia, el Decreto 568 de 2020, creó el impuesto solidario con destinación específica de inversión social en la clase media vulnerable y en los trabajadores informales, a partir del 01 de mayo de 2020, y hasta el treinta 31 de julio de la misma anualidad, que fue desarrollado por el concepto demandado, con precisiones concretas sobre el hecho generador, los sujetos pasivos, la base gravable, la tarifa y otros aspectos relacionados con la aplicación de retención en la fuente para recaudarlo.