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SuperSociedades emitió concepto refiriéndose a la causal de disolución por el no cumplimiento de la hipótesis de negocio en marcha

Escrito por  Mar 27, 2023

“Los administradores sociales deberán convocar al máximo órgano social de manera inmediata, cuando del análisis de los estados financieros y las proyecciones de la empresa se puedan establecer deterioros patrimoniales y riesgos de insolvencia, so pena de responder

solidariamente por los perjuicios que causen a los asociados o a terceros por el incumplimiento de este deber. El Gobierno nacional podrá establecer en el reglamento las razones financieras o criterios para el efecto”.

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