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CE ordenó la suspensión de un acto que autorizó la tala de 87 árboles aislados y estableció que el Municipio de Arauca debía compensaría 15 en un área concertada con Corporinoquia

Escrito por  Feb 24, 2023

 Correspondió a la Sala a resolver un recurso de apelación interpuesto por el Municipio de Arauca contra un auto en una acción popular, por medio del cual el Tribunal Administrativo de Arauca decretó la medida cautelar de suspensión de los efectos del permiso de tala de

árboles que fue otorgado por Corporinoquia al Municipio de Arauca, en el marco de la ejecución del proyecto de construcción de infraestructura y recuperación de los espacios públicos en el sector del Humedal Piquetierra-Etapa I, pues el ente territorial alega que la misma no era viable debido a que: (I) aún podía adoptar las medidas de compensación dado que el contrato de obra aún seguía en ejecución, (II) no era cierto que no hubiere claridad respecto del lugar en el que debían ser trasladadas las especies capturadas, dado que se dispuso que éstas debían ser entregadas a la autoridad ambiental, quien se encargaría de su reubicación, y (III) se determinaron las medidas tendientes a la prevención de la contaminación del recurso hídrico, la erosión del suelo y los cambios de dióxido de carbono.

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