impuesto al patrimonio para el año 2011 a las personas naturales, jurídicas, contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta, y determinó como hecho generador del impuesto la posesión de un patrimonio líquido a 1.° de enero de 2011 por valor igual o superior a $3.000.000.000, determinado conforme lo dispuesto en el impuesto de renta. De conformidad con los artículos 261 y 282 del ET, el patrimonio líquido es el resultado de detraer del patrimonio bruto poseído el 1.º de enero de 2011 (valor total de los bienes y derechos apreciables en dinero), el monto de las deudas vigentes a cargo del contribuyente para la misma fecha. Además, para los contribuyentes con residencia o domicilio en Colombia, el patrimonio incluye los bienes poseídos en el exterior.