protegidos por la Corte Constitucional a través de la sentencia SU 698 de 2017. (...) En ese sentido, todas las medidas e inconformidades relacionadas con la controversia entre el Cerrejón y la Comunidad que se produzcan en el marco del desarrollo del proyecto de modificación parcial del cauce del Arroyo Bruno deben ser tramitadas y resueltas por el mismo tribunal constitucional en el marco del cumplimiento de dicha orden.