razón de la desvinculación del trabajador de la empresa luego de haber laborado veinte años de servicios y donde además, concurren actuaciones inequívocas de la obligación de pagar tal prestación con independencia de cualquier cambio normativo a futuro.
A su vez, la pérdida de vigencia de las reglas de carácter pensional contenidas en convenciones, pactos, laudos y acuerdos, no comporta la pérdida de los derechos válidamente adquiridos mientras esas reglas estuvieron en vigor.