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La SSPD hizo referencia a los mecanismos de defensa de los usuarios AGPE en el marco del procedimiento vigente para su conexión al SIN y la normativa aplicable en cuanto a la modificación de plantas administrativas de entidades públicas

Escrito por  Dic 23, 2022

La Entidad indicó que la posibilidad de presentar peticiones, quejas y recursos ante el prestador, así como el reconocimiento de los efectos del silencio administrativo positivo, hacen parte de lo que se denomina “defensa de los usuarios en sede de la empresa”, en los términos del

capítulo VII de la Ley 142 de 1994. Esto quiere decir que se trata de mecanismos provistos por la ley para otorgar protección a los derechos de todos los usuarios de servicios públicos, incluidos los AGPE, en el marco del procedimiento vigente para la conexión del usuario al SIN

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Modificado por última vez en Viernes, 23 Diciembre 2022 09:22