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SDA consideró que el proyecto de acuerdo por el cual se dictan lineamientos para la adopción de fuentes alternativas de energía, tanto en el sector industrial como en el residencial de Bogotá, es jurídicamente viable

Escrito por  Dic 21, 2022

“De conformidad con las definiciones señaladas en la exposición de motivos del proyecto de acuerdo, se enuncia el concepto de “energía de biomasa o cogeneración”, sin embargo, la Ley 1715 de 2014, definió la energía de biomasa como “energía obtenida a partir de aquella

fuente no convencional de energía renovable que se basa en la degradación espontánea o inducida de cualquier tipo de materia orgánica que ha tenido su origen inmediato como consecuencia de un proceso biológico y toda materia vegetal originada por el proceso de fotosíntesis, así como de los procesos metabólicos de los organismos heterótrofos, y que no contiene o hayan estado en contacto con trazas de elementos que confieren algún grado de peligrosidad”, sin que este concepto haya surtido mayor modificación, y la cogeneración como “producción combinada de energía eléctrica y energía térmica que hace parte integrante de una actividad productiva”. Con esto, se recomienda hacer uso adecuado de los términos para que no genere confusión en la comunidad general”. La Entidad consideró jurídicamente viable este proyecto  de acuerdo.

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