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Emitido concepto de la SSPD sobre las servidumbres para la prestación del servicio de energía eléctrica

Escrito por  Dic 15, 2022

Puede la empresa promotora del proyecto, sobre la base de los artículos 56 y 57 de la ley 142 de 1994, la ley 56 de 1981 y la ley 2099 de 2021, constituir una servidumbre eléctrica que tenga por objeto la construcción de una planta de generación de energía? Entendiendo

construcción de la planta, como la instalación de los paneles, y no como la instalación de las líneas de conducción para evacuar la energía generada. “En los términos del parágrafo 1 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, este concepto no puede aprobar o autorizar actos y/o contratos de prestadores de servicios públicos particulares, así como tampoco es de obligatoria ejecución y/o cumplimiento, en los términos del artículo 28 de la Ley 1437 de 2011”.

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