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CE: “el Gobierno incumplió su deber de reglamentar un sistema de presunción de ingresos, para determinar la capacidad de pago y, en consecuencia, la obligación de afiliarse al Régimen Contributivo del SGSSS”

Escrito por  Oct 03, 2022

“El artículo 33 de la Ley 1438 de 2011 establece en cabeza de las entidades accionadas la obligación de reglamentar un sistema de presunción de ingresos, con la finalidad de determinar quiénes deben cotizar en el régimen contributivo de salud; el gobierno nacional no ha

reglamentado lo relacionado con la materia”.

“La Sala precisa que no se puede predicar que el deber solicitado se encuentre obedecido, toda vez que la reglamentación prevista en el artículo 33 de la Ley 1438 de 2011 es actualmente exigible y las demandadas no demostraron su cumplimiento. Además, el artículo 244 de la Ley 1955 de 2019 fue declarado inconstitucional y los efectos de la decisión diferidos por la Corte Constitucional, en la sentencia C-068 de 2020, están próximos a expirar como lo indicó el actor y el Tribunal. Así las cosas, atendiendo a la lectura integral del artículo invocado en la demanda, la materia que el legislador dispuso reglamentar a cargo del Gobierno Nacional en cuanto al sistema de presunción de ingresos, previstos en la norma sobre la afiliación al régimen contributivo de salud, no riñe o se opone con lo referente a regular el IBC de los trabajadores independientes, por tanto, el sistema presuntivo que se reclama y que dispuso el legislador debe atenderse y existir en el ordenamiento jurídico”.

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