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SSPD se refirió a la facultad que tienen las empresas prestadoras para la clasificación de inmuebles de acuerdo a su uso

Escrito por  Sep 26, 2022

A través del presente concepto quedó dispuesto que “La facultad de clasificar los inmuebles por la clase de uso que se les otorga, no se encuentra prevista en la Ley 142 de 1994 y, por lo tanto, ha sido a través de la regulación, que se han desarrollado los criterios a tener en

cuenta para el efecto. De esta forma, tal competencia se estableció de manera exclusiva en cabeza de los prestadores de los servicios públicos domiciliarios, quienes cuentan con los instrumentos técnicos para desarrollar esta labor, atendiendo para ello los lineamientos señalados por las comisiones de regulación respectiva para cada servicio.”

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