ciento (10%) de la nómina del proponente debe pertenecer a la población indígena, negra, afrocolombiana, raizal, palanquera, Rrom o gitana; ii) la persona natural o, el representante legal o el revisor fiscal, de la persona jurídica, según corresponda, bajo la gravedad de juramento señalará las personas vinculadas a su nómina, y el número de identificación y nombre de las personas que pertenecen a la población indígena, negra, afrocolombiana, raizal, palanquera, Rrom o gitana.” Entre otras consideraciones que puede conocer consultando el documento publicado por la entidad.