Se modificó el artículo 3.7.1. del Capítulo 7 del Título III de la Circular Única de Infraestructura y Transporte estableciendo que, “en el desarrollo de este Programa Especial se realiza un proceso de verificación funcional y operativo de las condiciones en que se prestan servicios
a los usuarios en las diferentes Estaciones de Pesaje, ubicadas en las carreteras concesionadas y no concesionadas, las cuales son utilizadas para el control del sobrepeso, así como la articulación con sistemas operativos de información del sector transporte RUNT y RNDC.
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