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Texto de la sentencia de Unificación del Consejo de Estado en cuanto al acceso a la pensión gracia para docentes vinculados antes del 31 de diciembre de 1980

Escrito por  Ago 31, 2022

“La presente decisión se ciñe integralmente al criterio unificado del Consejo de Estado en torno a la forma en que debe acreditarse la plaza docente territorial o nacionalizada que viabiliza el cómputo del tiempo de servicios para acceder a la pensión gracia. Conforme al artículo

141 de la Ley 100 de 1993, aquellos solo proceden «en los casos en los que el pago de las mesadas pensionales no se discute porque está en firme el reconocimiento de la prestación a quien ostenta la calidad de pensionado y lo que se presenta es una negativa de la entidad a efectuar el pago”.

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