desarrollo urbano e importancia estratégica y se toman otras determinaciones.” En dicho acuerdo se decretó el cobro la contribución especial de valorización para financiar el plan de obras en el municipio de Armenia (artículo 1), el plan de obras que se desarrollaría, conformado por 12 obras (artículo 2), los plazos para el inicio de construcción de las obras (artículo 3), los sujetos de la contribución (artículo 5), el hecho generador (artículo 6), la base gravable (artículo 7), la tarifa(artículo 9) y la forma de liquidación de la contribución (artículo 10), entre otras disposiciones.
El artículo 2 del Acuerdo 020 de 2014 estableció que el plan de obras que habría de financiarse con la contribución especial de valorización está conformado por 12 obras de interés público, que se debían realizar en el municipio de Armenia. En el capítulo II, denominado “elementos del tributo”, específicamente en el artículo 7, que trata sobre la base gravable de la contribución, señaló que el costo definitivo de las obras que sería objeto de distribución se establecería mediante resolución proferida por el Consejo de Valorización Municipal, una vez se efectuaran los estudios de factibilidad.