Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

Precisiones del Consejo de Estado cuando no se presentan pruebas para realizar la liquidación judicial del contrato

Escrito por  Ago 29, 2022

Entre las partes se suscribió un contrato de consultoría para el diseño de dos instituciones educativas tipo en el Distrito Capital. El contratista reclama que los precios del contrato debían ser superiores a los reconocidos porque las áreas finalmente diseñadas fueron mayores a las

previstas, al tiempo que pide el pago de trabajos adicionales. La primera instancia acogió parcialmente las pretensiones y las dos partes apelaron. Se revoca la condena y se niegan las pretensiones.

La parte demandante alega que realizó actividades que excedieron el objeto contractual y que no le fueron pagadas tales como diseños de instalaciones, acabados de equipos y dotación de cocinas, actividades de supervisión arquitectónica, trámites de urbanismo, levantamientos topográficos, proyectos de paisajismo, contratación de un asesor educativo y realización del proyecto de acueducto y alcantarillado; en el recurso de apelación insistió en el reconocimiento de las actividades adicionales.

Descargar Documento