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Disponible texto del decreto que modificó disposiciones sobre la movilidad entre regímenes de los afiliados de niveles I y 11 del Sisbén o su equivalencia

Escrito por  Ago 09, 2022

A través del presente decreto se modificó el artículo 2.1.7.7 del Decreto 780 de 2016 estableciendo que la movilidad es el cambio de régimen dentro de la misma entidad promotora de salud para los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud focalizados en los

niveles I y 11 del Sisbén o su equivalencia, las poblaciones especiales de que trata el numeral 3 del artículo 2.1.5.1.1 del presente Decreto y en general, para aquellos que cuenten con la ficha de caracterización socioeconómica del Sisbén, o el que haga sus veces. En virtud de la movilidad, tales afiliados podrán cambiar de un régimen a otro con su núcleo familiar, sin solución de continuidad, manteniendo su inscripción en la misma entidad promotora de salud.

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