Se anuló el Oficio 76737, expedido el 10 de diciembre de 2012 por la Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina de la DIAN, según el cual la exclusión del IVA a las comisiones percibidas por la utilización de tarjetas crédito y débito se limita a los casos en los que la comisión es cobrada por las entidades emisoras de las tarjetas crédito y débito a los establecimientos de comercio.
Para la Sala, tal interpretación es ilegal, porque desconoce y limita el alcance del numeral 17 (hoy 28) del artículo 476 del Estatuto Tributario, que excluye del IVA todas las comisiones percibidas por la utilización de tarjetas de crédito y débito sin distinción ni restricción alguna.
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