El artículo 20 del Decreto reglamentario 4469 de 2006, no vulneró el derecho a la igualdad al regular el reconocimiento y pago del trabajo suplementario, dominicales y festivos, exclusivamente en relación con los servidores que desempeñan funciones médicos legales forenses
en el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, toda vez que, el mismo derecho se encuentra consagrado para los empleados de apoyo o administrativos, en los Decretos 1942 de 1979 y 1083 de 2015 y en Resoluciones internas de la entidad.
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