De acuerdo con el comunicado de la Corte, la Sala Plena de la Corte Constitucional concluyó que la Sección Segunda del Consejo de Estado vulneró los derechos fundamentales incoados. El quebranto de esos derechos se materializó en la Sentencia proferida por esa
Corporación, el 26 de agosto de 2021, la cual negó la aplicación del Acuerdo 049 de 1990 para estudiar la solicitud de pensión de la actora, por no estar afiliada al ISS para la fecha en la que entró en vigencia la Ley 100 de 1993 (1 de abril de 1994).
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