Corte realizó un análisis conjunto de varios temas, concluyendo que no existe limitación constitucional expresa que impida al Congreso de la República delegar en el Presidente de la República la posibilidad de regular lo atinente al régimen sancionatorio en materia cambiaria, puesto que la Constitución no prohíbe que el ejercicio del poder sancionatorio -en lo que tiene que ver con la función que despeña la DIAN- pueda ser delegado en el presidente de la República."