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Reiteración de jurisprudencia del Consejo de Estado sobre los actos demandables en cobro coactivo administrativo

Escrito por  Jul 28, 2022

“El artículo 834 del ET, aplicable en los procesos de cobro coactivo, prevé que contra la resolución que decida sobre las excepciones procede únicamente el recurso de reposición dentro del mes siguiente a su notificación. A su vez, los artículos 101 del CPACA y 835 del ET,

disponen que serán demandables ante la jurisdicción, entre otros, las resoluciones que deciden las excepciones. Conforme con las normas citadas, la resolución que decide las excepciones es susceptible de control judicial, y no es requisito de procedibilidad para presentar la demanda en su contra, la interposición de un recurso para agotar la actuación en sede administrativa, toda vez que el de reposición tiene un carácter facultativo”.

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