que devinieron de la desatención del deber de planeación, el Contratista dejó salvedades relativas a la mayor permanencia en la obra, o relacionados con el desequilibrio económico del contrato que aquella pudiera generar.
Tal y como lo indicó el tribunal, las demandantes no allegaron pruebas que demostraran los gastos asumidos durante la mayor permanencia en la obra. Por esta razón su reconocimiento no es posible y se debe confirmar la sentencia de primera instancia en cuanto negó el reconocimiento de dichos perjuicios.