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Sección Cuarta del Consejo de Estado analizó aspectos relativos a participación en plusvalía, los avalúos de referencia y los Macroproyectos de Interés Social Nacional

Escrito por  Jul 19, 2022

 Para la Sala, de acuerdo con “el Documento Soporte Técnico de la Resolución 2146 de 2009, los avalúos de referencia aportados por el municipio y que integran dicho documento comportan el objetivo de «establecer el precio del suelo antes de que se iniciaran las

intervenciones públicas dirigidas a formular el plan zonal y los planes parciales y, sobre todo la ejecución de las obras previstas», para cuantificar el monto del mayor valor del suelo que propició el anuncio del macroproyecto, pues este plusvalor deberá descontarse del precio comercial de estimación o valuación de los predios que requieran ser adquiridos, mediante el procedimiento de enajenación voluntaria, para el desarrollo del macroproyecto (parágrafo 1.° del artículo 8.° del Decreto 4260 de 2007) (índice 13). Pero dicho plusvalor no es equivalente a aquel sobre el cual participaría el municipio para financiar las obras, sino que cumplía los estrictos propósitos de evaluar la viabilidad de convertir en MISN el respectivo plan parcial del municipio demandado”.

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Modificado por última vez en Lunes, 18 Julio 2022 20:02