la constitucionalidad del proyecto de ley en lo que concierne a dicha objeción.
La Corte declaró infundada la primera objeción por inconstitucionalidad parcial formulada por el Gobierno Nacional en contra de los artículos 2, 4 y 7 del Proyecto de Ley No. 093 de 2019 Senado y 498 de 2020 Cámara. En consecuencia, declarar
la constitucionalidad del proyecto de ley en lo que concierne a dicha objeción.