Colombia Compra despejó dudas sobre la capacidad de consorcios y uniones temporales para contratar con el Estado. La entidad subraya que estas figuras no poseen personalidad jurídica propia; su viabilidad contractual emana directamente de la capacidad individual de cada uno de sus integrantes. Por lo tanto, si una persona natural o jurídica miembro de una de estas estructuras se encuentra inhabilitada para contratar, dicha limitación se extiende al consorcio o unión temporal en su totalidad, impidiéndoles participar en procesos de selección o ejecutar contratos estatales. Esta postura busca asegurar la transparencia y el cumplimiento de las normativas de inhabilidad, confirmando que la integración en un proponente plural no neutraliza las restricciones legales individuales.