por lo mismo, deben ser invertidos de manera exclusiva en actividades directamente relacionadas con la estratificación.
A través del presente concepto se indicó que los recursos que administra el Comité Permanente de Estratificación Municipal o Distrital, destinados a garantizar que las estratificaciones se realicen, se adopten, se apliquen y permanezcan actualizadas, aportados por la Nación y por las empresas comercializadoras de servicios públicos domiciliarios, tienen la naturaleza de tasas y
por lo mismo, deben ser invertidos de manera exclusiva en actividades directamente relacionadas con la estratificación.