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Corte Suprema: “para ser sujeto de la protección foral es necesario que el empleador haya tenido conocimiento de la afiliación del trabajador al sindicato, máxime si ésta ocurrió después de la presentación del pliego de peticiones”

Escrito por  Abr 29, 2022

Para la Sala, “el reconocimiento de un contrato de trabajo por decisión judicial, implica la protección del derecho individual laboral y colectivo que otorga la condición de trabajador, por lo tanto, los derechos de sindicación y negociación colectiva no deben depender del análisis de la conducta o convencimiento del empleador en la existencia de la relación laboral”.

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