A través del presente concepto, se indicó que el proceso de licenciamiento de las entidades vigiladas por esta Superintendencia -SFC- se adelanta en dos etapas legalmente identificadas: la primera, la relativa a la autorización para la constitución de la respectiva institución previo el cumplimiento de los requisitos exigidos para el efecto y, la segunda, el trámite dirigido a la obtención del certificado de autorización para operar. Es en esta segunda etapa, previa a la puesta en marcha de la entidad constituida, durante la cual se realizan “pruebas de recorrido” que permiten, entre otras cosas, realizar una verificación efectiva del estado de la implementación de los sistemas de administración de riesgos en la futura vigilada.