Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

“Corte encontró que ninguno de los artículos acusados que regulaban la Jurisdicción coactiva a cargo de la CGR desarrolla las materias para las que le fueron otorgadas facultades Extraordinarias el presidente de la República”

Escrito por  Mar 29, 2022

Para la Sala, “a efectos de evitar un vacío respecto a la regulación del ejercicio de la jurisdicción coactiva por parte de la Contraloría General de la República y de las contralorías territoriales, lo cual afectaría las garantías del debido proceso y la protección del patrimonio público, la Corte consideró necesario declarar que, en el presente caso, opera la reviviscencia de los artículos 90

a 98 de la Ley 42 de 1993, “sobre la organización del sistema de control fiscal financiero y los organismos que lo ejercen”, que conforman su capítulo IV “Jurisdicción Coactiva”, y que fueron derogados por el artículo 166 del Decreto Ley 403 de 2020”.

Descargar documento