es materia que afecta gravemente a la empresa, que permite resolver el contrato y proceder al corte del servicio" así lo reiteró la CRA a través del presente concepto.
"El incumplimiento del contrato por un periodo de varios meses, o en forma repetida, o en materias que afecten gravemente a la empresa o a terceros, permite a la empresa tener por resuelto el contrato y proceder al corte del servicio (...) se presume que el atraso en el pago de tres facturas de servicios y la reincidencia en una causal de suspensión dentro de un periodo de dos años,
es materia que afecta gravemente a la empresa, que permite resolver el contrato y proceder al corte del servicio" así lo reiteró la CRA a través del presente concepto.