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CRA reiteró que el incumplimiento de contrato por parte de los usuarios, faculta a los prestadores para adelantar acciones de corte de servicios

Escrito por  Ene 18, 2022

"El incumplimiento del contrato por un periodo de varios meses, o en forma repetida, o en materias que afecten gravemente a la empresa o a terceros, permite a la empresa tener por resuelto el contrato y proceder al corte del servicio (...) se presume que el atraso en el pago de tres facturas de servicios y la reincidencia en una causal de suspensión dentro de un periodo de dos años,

es materia que afecta gravemente a la empresa, que permite resolver el contrato y proceder al corte del servicio" así lo reiteró la CRA a través del presente concepto.

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Modificado por última vez en Martes, 18 Enero 2022 12:43