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SSPD reiteró que el servicio público de energía eléctrica se encuentra exento del IVA

Escrito por  Dic 06, 2021

La SSPD reiteró que, el numeral 11 del artículo 476 del Estatuto Tributaria establece que “el servicio público de energía eléctrica se encuentra exento del IVA. De acuerdo con la doctrina de la DIAN, dicha exención también cobija a las actividades complementarias de dicho servicio, establecidas en el numeral 25 del artículo 14 de la Ley 142 de 1994, las cuales consisten en:

generación, comercialización, transformación, interconexión y transmisión.”

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