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Corte Constitucional: víctimas del conflicto armado pueden postularse más de una vez al Subsidio Familiar de Vivienda

Escrito por  Nov 22, 2021

La Corte Constitucional declaró exequible el parágrafo 1 del artículo 6 de la Ley 3 de 1993 bajo el entendido de que los beneficiarios del subsidio de vivienda cuyas soluciones habitacionales hayan sido despojadas en el marco del conflicto armado interno o abandonadas como consecuencia del desplazamiento forzado se podrán volver a postular para acceder a dicho beneficio.

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