Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

Corte Constitucional declaró exequible la expresión “Ninguna persona podrá ejercer el cargo de revisor fiscal en más de cinco sociedades por acciones”

Escrito por  Nov 10, 2021

La Corte Constitucional declaró exequible la expresión “Ninguna persona podrá ejercer el cargo de revisor fiscal en más de cinco sociedades por acciones” contenida en el artículo 215 del Decreto Ley 410 de 1971, “por el cual se expide el Código de Comercio”, frente a los cargos por violación de los artículos 25 y 26 de la Constitución Política. Para la Sala, la norma en

cuestión es producto del amplio margen de configuración del Legislador para reglamentar esta actividad, y que si bien contempla una limitación a los derechos previstos en los artículos 25 y 26 de la Constitución, dicha restricción supera un examen de proporcionalidad de intensidad intermedia, en tanto busca satisfacer una finalidad constitucional legítima e importante, no está prohibida, es adecuada e idónea para lograrlo, además que no resulta evidentemente desproporcionada.

Descargar documento