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Corte Constitucional declaró exequibles modificaciones del reintegro de recursos apropiados o reconocidos sin justa causa aplicable a la ADRES

Escrito por  Nov 12, 2021

Para la Corte Constitucional es exequible el artículo 7 de la Ley 1949 de 2019, que tiene que ver con el Reintegro de recursos apropiados o reconocidos sin justa causa respecto a las Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) por los cargos relacionados con el presunto desconocimiento del debido proceso administrativo y

con la violación del principio de unidad de materia.

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Modificado por última vez en Miércoles, 10 Noviembre 2021 16:47