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CE declaró infundado un recurso de anulación contra un laudo arbitral interpuesto para resolver las diferencias entre la Unión Temporal Magisalud 2 y la sociedad Fiduciaria La Previsora S.A., como administradora del patrimonio autónomo del Fomag

Escrito por  Nov 08, 2021

“Entre la sociedad Fiduprevisora S.A. -como administradora de los recursos del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio -Fomag- y la unión temporal Magisalud 2 se celebró el contrato de prestación de servicios médico-asistenciales N° 12076-111-2012. El 28 de enero de 2018, la unión temporal contratista interpuso

demanda arbitral contra Fiduprevisora S.A., por considerar que esa entidad había incumplido varios componentes del contrato, ocasionándole a la convocante supuestos perjuicios patrimoniales, estimados en $226.640’901.499. El proceso arbitral fue surtido sin que las partes cuestionaran la validez de la actuación ni la competencia del tribunal de arbitramento. El laudo fue proferido en audiencia celebrada los días 28 y 30 de abril de 2020, y en él se acogieron parcialmente las pretensiones de la demanda, lo que implicó la imposición de varias condenas pecuniarias a Fiduprevisora S.A. La entidad estatal convocada interpuso contra el indicado laudo el recurso extraordinario de anulación.”

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