deben presentar en el marco del EIA, con los soportes documentales que ello exija, de la forma en que está establecido en los mismos, siendo los TdR de obligatorio cumplimiento en lo que aplique al proyecto, por quien elabora el documento técnico y así mismo son criterios de evaluación por parte del equipo técnico de la respectiva autoridad ambiental de conocimiento, quienes tendrán en cuenta la metodología y criterios establecidos en el manual de evaluación de estudios ambientales y realizará visita al proyecto, para emitir el respectivo concepto técnico que deberá ser acogido en el acto administrativo de licenciamiento ambiental”.