autoridades administrativas que las faculte.
De acuerdo con la doctrina publicada por la SSPD, el principio de libertad de entrada consiste en permitir que las empresas debidamente constituidas y organizadas, esto es, atendiendo las previsiones legales establecidas para su conformación, puedan desarrollar su objeto social, sin que para ello sea necesaria la expedición de algún título expedido por las
autoridades administrativas que las faculte.