La Corte ordenó al Consejo Nacional Electoral, reconocer la personería jurídica al Nuevo Liberalismo; el nombre y el símbolo registrados en esta Entidad en 1986, deberá adecuarse a las reglas previstas en el artículo 5 de la ley, con el objeto de garantizar la finalidad prevista, entre otros, en el numeral 2.3.1.1 del acuerdo final. La Alta Corte exhortó al Congreso “a remover los obstáculos y hacer los cambios normativos para que los partidos
y movimientos políticos obtengan y conserven su personería jurídica impulsando las medidas allí previstas. la decisión producirá efectos inter comunis para las elecciones de 2022, frente a aquellos terceros que hubieran estado en las mismas o similares condiciones del partido nuevo liberalismo expresamente analizadas en esta providencia”.
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