Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

Consejo de Estado declaró infundado recurso extraordinario de revisión interpuesto por la Concesión Autopista Bogotá Girardot S.A. en Reorganización, contra un laudo arbitral constituido para dirimir las controversias entre ésta y la ANI

Escrito por  Ago 03, 2021

La Concesión Autopista Bogotá Girardot solicitó se declarara el incumplimiento de un contrato de concesión por parte de la ANI. En laudo arbitral del 31 de octubre de 2018, el tribunal de arbitramento constituido para dirimir las controversias entre la Concesión Autopista Bogotá Girardot S.A. y la ANI accedió parcialmente a la pretensión de aplicación de indexación con IPC de los contados y

pagos programados en el otrosí al contrato de concesión y negó las demás pretensiones de la demanda principal. Respecto de la demanda de reconvención, declaró el incumplimiento del contratista por la existencia de prestaciones pagadas y no ejecutadas plenamente, así como la existencia de desequilibrio económico, de lo cual condenó a la Concesión Autopista Bogotá Girardot S.A. La Sala declaró infundado el recurso extraordinario de revisión interpuesto por la Concesión Autopista Bogotá Girardot S.A. en Reorganización contra el laudo arbitral en comento, dado que las pruebas documentales aportadas con la demanda de revisión existan antes del pronunciamiento judicial objeto del recurso y que tales pruebas sólo hayan podido recobrarse después de dictada la sentencia, entre otras razones expuestas en la presente providencia.

Descargar documento

Modificado por última vez en Martes, 03 Agosto 2021 07:34