Para el Despacho, “contrario a lo expuesto por la parte demandante, la parte demandada sí motivó la multa que impuso; para tal efecto, expuso las razones por las cuales de veía afectada la buena marcha del servicio público domiciliario de gas licuado de petróleo; sin embargo, al expediente no se aportó una sola prueba que permita determinar que esos argumentos son contrarios a la realidad y la ley y que la multa impuesta fue desproporcionada; más aún cuando aquella se graduó por debajo de los 2000 salarios mínimos legales mensuales vigentes que para el año 2010 ascendían $1.030’000.000,oo”.