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Consejo de Estado negó la suspensión provisional de los efectos jurídicos de un memorando relacionado con la territorialidad de las licencias de funcionamiento, expedido por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada

Escrito por  Jul 14, 2021

El Despacho advierte que “el contenido normativo previsto en el acto acusado sería coherente con lo regulado en el artículo 13 del Decreto Ley 356 de 1994, toda vez que este preceptúa que “Las empresas de vigilancia y seguridad privada, debidamente autorizadas que requieran establecer una nueva sucursal o agencia dentro del territorio nacional, deberán obtener previamente

autorización de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada”.

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Modificado por última vez en Miércoles, 14 Julio 2021 10:42