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Viernes, 01 Mayo 2026

Edición 1634 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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En el caso del servicio público domiciliario de energía eléctrica, la instalación de medidores generales en copropiedades, sea que las zonas comunes de la copropiedad cuenten o no con medición individual, no resulta obligatoria, razón por la cual, instalados tales equipos en forma voluntaria por el prestador, este deberá asumir su costo en tanto

De acuerdo con la doctrina publicada por la SSPD, los aportes bajo condición a que se refiere el artículo 87.9 de la Ley 142 de 1994, deben utilizarse, mantenerse, conservarse y reponerse por el prestador receptor de estos, de conformidad con los mecanismos de reposición y mantenimiento establecidos por las comisiones de regulación y con cargo

“Aun cuando los acuerdos transitorios suscritos por los concejos municipales a iniciativa del alcalde municipal, en vigencia del Decreto Legislativo 580 de 2020, se entienden amparados por el principio de legalidad, lo cierto es que a partir del conocimiento del contenido del fallo emitido por la H. Corte Constitucional, esto es, 23 de julio de 2020,

“La CREG establece la regulación a la cual se deben acoger los prestadores del servicio público domiciliario de energía eléctrica, tanto cuando lo hacen a través del Sistema Interconectado Nacional (SIN) o en las denominadas Zona no Interconectadas (ZNI) .  La generación y comercialización directa a usuarios finales hasta el momento no está contemplada en la regulación vigente.”

De acuerdo con la doctrina publicada por la CREG se entiende que, para manipular las redes del operador de red del sistema en el que se encuentre ubicada la red que se desea intervenir, deberá contar con la respectiva autorización de la empresa y la debida coordinación, para no incurrir en prácticas que, no sólo puedan afectar la seguridad para seres vivos,

A través de un concepto la CREG determinó que, a la fecha, no ha realizado aprobación de cargos tarifarios para la prestación del servicio público domiciliario con gas natural en el archipiélago. Con relación a la última aprobación de cargos tarifarios para la prestación del servicio de gas licuado de petróleo – GLP para la isla de San Andrés, le comunicamos

De acuerdo con el concepto publicado por la CREG quedó establecido que, el consumo horario de un comercializador se determina con base en la sumatoria de sus importaciones menos la sumatoria de sus exportaciones en cada una de sus fronteras comerciales a nivel horario. Cuando se tiene un generador embebido en el área delimitada por las fronteras

“La Resolución CREG 019 de 2019, Por la cual se ordena hacer público el proyecto de resolución “Por la cual se adiciona la Resolución CREG 108 de 1997 en relación con los derechos de los usuarios Autogeneradores a Pequeña Escala (AGPE)”, tuvo como objeto publicar un proyecto de resolución para que los usuarios, agentes, autoridades locales, municipales

De acuerdo con el pronunciamiento que hizo al CREG frente a los cambios recientes en relación a las tarifas del servicio de energía se tiene que, las empresas en su gran mayoría compran su energía a través de contratos de largo plazo, entre el 80% y 90%, para no ser afectados por la volatilidad de los precios en la bolsa de energía. Sin embargo,

De acuerdo con el concepto publicado por la CREG se aclaró que, las funciones de control, inspección y vigilancia del cumplimiento de las normas a que están sujetos los prestadores de servicios públicos corresponden a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, en lo relacionado con la prestación de los mismos; y a la Superintendencia de Industria y Comercio, en relación con prácticas contrarias a la libre competencia.