“Por regla general o principio, aplica la publicación proactiva de la información pública, incluyendo la relacionada en materia contractual, mediante su publicación en el SECOP, en la forma establecida en el numeral 2.1. de este documento. Sin embargo, reiterando una idea recurrente en este concepto, es posible que el constituyente o el legislador establezcan reservas de cierta información pública”.
El presente proyecto busca busca que se aplique el concepto de progresividad tributaria (según el cual quienes tienen mayor capacidad contributiva deben contribuir en mayor proporción) en el caso del impuesto predial que pagan clubes sociales, campestres, deportivos y recreativos.
El proyecto planeta, entre otros aspectos, lo siguiente: “La gobernanza regulatoria es una herramienta para mejorar la calidad de la producción normativa, con miras a garantizar la eficiente prestación de servicios públicos, el desarrollo económico y la garantía de derechos. Un modelo de buen gobierno regulatorio, como lo explica el CONPES 3816 (2014), consiste en adoptar una política y herramientas para que las regulaciones contribuyan al desarrollo económico de la sociedad y el fortalecimiento de la legitimidad del
El proyecto de acuerdo tiene como objeto conceder unos beneficios a los comerciantes y vendedores informales, -afectados seriamente a nivel económico y social por la pandemia del COVID-19-, por concepto de obligaciones provenientes de multas e intereses moratorios impuestos durante el tiempo de la pandemia.
Sustituir la tracción humana denominada “tracción a sangre” por vehículos de tracción mecánica en la población de recicladores de oficio de Bogotá, que adelantan su labor con estos medios de carga humano, es el objeto de esta iniciativa. La sustitución se hará a cada uno de los recicladores de oficio que adelanten su labor con medios de “carga humana”, con vehículos de tracción humana, por un vehículo de carga productivo que funcione con motores eléctricos.
Para la Sala, “la nulidad electoral, se debe demostrar que el candidato ejerció directa o indirectamente la actividad irregular o sabía de ella y con su anuencia se adelantó. En ese sentido, en el precedente referido sostuvo que “las prácticas corruptas adelantadas directa o indirectamente por candidatos a cargos de elección que afecten la pureza y libertad del voto de los electores, constituyen una causal de nulidad electoral independiente y diferente a la de violencia consagrada en el numeral 1 del artículo 275 de la Ley 1437 de 2011, por cuanto con ellas se desconocen los postulados y principios democráticos que deben regir el Estado Social de Derecho como el colombiano”.
La Sala reiteró que “la regla de prescripción del recobro de las cuotas partes pensionales causadas con anterioridad a la Ley 1066 de 2006, es el Código Civil, art. 2536, en su redacción original y con la modificación introducida por el artículo 8 de la Ley 791 de 2002. «El título ejecutivo de las cuotas partes pensionales está conformado por el acto administrativo en el que se reconoce
“La Sala advierte que el laudo sí resolvió los planteamientos del convocado y expresamente los desestimó en la parte resolutiva. El laudo advirtió que las excepciones planteadas por el convocado eran argumentos defensivos y que fueron resueltos con la solución
Para la Sala, “las cesiones gratuitas que debe hacer cada propietario que inicia la urbanización de su predio, tienen como propósito compensar el mayor valor que adquiere como consecuencia de su desarrollo. A su vez, para determinar el equilibrio que debe existir entre la cesión y la compensación, corresponde a cada distrito o municipio reglamentar las condiciones en que deben producirse las cesiones gratuitas, de tal manera que sean equitativas para todos los propietarios de predios en proceso de urbanización”.
El caso se centra en un proceso de responsabilidad fiscal del presidente de Segurexpo de Colombia S.A., “por haber pagado una suma mayor de la retención pactada, en la cancelación del siniestro declarado por el IDU, en virtud de una póliza de cumplimiento, por el amparo del buen manejo y correcta inversión del anticipo de un contrato de obra”.